Cómo conseguir el alquiler perfecto
Cómo conseguir un alquiler
'perfecto'
Cada vez más
propietarios se animan a poner
su vivienda en alquiler. A los cambios legislativos realizados en la Ley de Arrendamientos
Urbanos, que fomentan la entrada de casas en el mercado del arrendamiento, se
une la ampliación de garantías como los seguros de alquiler. Pero, ¿cómo
funcionan?
Uno de los
mayores problemas a los que se enfrenta todo propietario cuando pone su casa en
alquiler es evitar el impago de las rentas mensuales. Antes de la
crisis, la mayoría se protegía mediante el uso del aval bancario o con el cobro
de la fianza, pero no atendían ningún aspecto relacionado con la opción de
desalojo o daños en la vivienda, como ahora si puede proteger un seguro de
impago de alquiler.
Con la
recuperación económica y el aumento de casas que salen al
mercado, cada vez
más inmobiliarias ofrecen la posibilidad de contratar planes de protección
de pago del arrendamiento y cobertura jurídica que incluyen estos seguros
de impago.
Todo
propietario tiene que cerciorarse de que el seguro tiene que cumplir ciertos
requisitos. “Cuando una inmobiliaria ofrece como garantía una póliza de
seguros, ésta debe pertenecer a una compañía de seguros supervisada por la
Dirección General de Seguro y Fondos de Pensiones (DGSFP)”, afirman desde la
web plandeprotecciondealquiler.com.
La agencia
realiza un estudio de viabilidad del inquilino (demostración de ingresos,
consulta a ficheros de inquilinos morosos, etc.) para verificar que es solvente
para pagar las rentas mensuales.
Un seguro de
alquiler suele ofrece distintas opciones dentro de la póliza anual, con
cobertura de impagos que protegen desde 6,9 y hasta 12 meses. Al contratar el
seguro también se incluyen gastos jurídicos, incluido los poderes notariales,
el pago de nuevas tasas judiciales o los actos vandálicos realizados al
inmueble.
¿Qué sucede
en caso de impago del inquilino? Se recomienda comunicar el impago de la primera
mensualidad lo antes posible, dentro de los 10 siguientes días a la fecha
límite del pago aunque se establece un plazo máximo de 45 días. En un primer
momento, se realiza una comunicación amistosa con el cliente para subsanar el
pago. Las tasas de solución amistosa siguen siendo muy altas.
Pero si el
inquilino moroso persiste en el impago, la inmobiliaria tendrá que enviar un
burofax o SMS con validez jurídica. Aproximadamente 15 días desde la
comunicación realizada, el abogado podrá presentar la correspondiente demanda
de desahucio. Los plazos se alargan unos 3 meses: (45 días de
comunicación, 15 de plazo amistoso y la gestión del abogado).
Si la
demanda de desahucio sale adelante se puede solicitar el adelanto de las rentas
no pagadas. Además, contará con la cobertura contratada con el seguro de
impago.
La
inmobiliaria podrá reclamar al inquilino moroso lo que éste le debía al
propietario, ya que se subroga el derecho de reclamar, incluidos los gastos
jurídicos.
En caso de
que existieran daños por actos de vandalismo al inmueble, un perito verificará
y valorará dichos daños y se pagarán en la cuantía contratada en póliza.
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